Izamiento de la Wiphala en el Monumento a la Bandera
- 26 de noviembre 2019 -
(Nota. Lamento no haber registrado su fuente)
Por Miguel Carrillo Bascary
Bajo el título “La bandera Wiphala flamea en el Monumento [Nacional a la Bandera] en solidaridad con Bolivia” desde hace unos días que se viene debatiendo en las redes. Tal repercusión revela el alto impacto de la noticia. Aunque el tema tenga aristas muy ásperas las numerosas consultas recibidas por este Blog me exigen abordarlo; como ejemplo baste decir que recibí consultas desde Cali; Caacupé; Pisco; Nueva York; Sacramento; Edimburgo y Sevilla, entre otras.
En los debates virtuales advierto que la información de base es generalmente incompleta; quizás porque al difundirse por primera vez fue sumamente escueta. Desde ya que la situación es muy compleja lo que demanda que estructure esta entrada en forma sistémica, aunque les pido que me tengan un poco de paciencia ya que no quiero incurrir en los mismos defectos que acabo de señalar.
Desde ya que el hecho en concreto: el izamiento de la Wiphala en el Monumento por parte de la cónsul de Bolivia, acompañado por varios concejales de Rosario, tiene ribetes ideológicos; otro son netamente normativo y finalmente, también aborda el ceremonial. Veremos si puedo responder a este verdadero desafío.
Con esta entrada no se pretende hacer política; aquí exponemos sobre Vexilología una disciplina que tiene entre sus principales postulados que las banderas se estudian como elementos culturales, prescindiendo de las pasiones que entrañan, aunque estas puedan ser intrínsecas a su propia realidad.
Una salvedad, como este Blog es consultado por muchos lectores del exterior tendré que incluir algunas referencias imprescindibles para que ellos puedan ubicarse en el análisis.
Quienes deseen abundar en los textos normativos podrán hacerlo desde los links que aparecen en el texto.
Elementos que encuadran la situación
1) El Monumento y sus mástiles
Se considera que la ciudad de Rosario es la cuna de la Bandera nacional argentina, por haber sido allí donde el entonces coronel Belgrano la izó por primera vez, el 27 de febrero de 1812.
El Monumento Nacional a la Bandera es un monumento histórico nacional que conmemora aquel trascendental hecho. Posee una muy alta emotividad para todos los argentinos y para los rosarinos en especial, ya que su construcción demandó un proceso que abarcó varias generaciones.
Finalmente se inauguró el 20 de junio de 1957 y, como una inscripción lo proclama en su frente está dedicado por “La Patria a su Bandera”. Se constituye así en uno de los principales hitos simbólicos del imaginario histórico argentino; sitial que comparte con el Cabildo de Bs. Aires y la Casa Histórica de la Independencia, en Tucumán. Por ende, todo lo que ocurra en él genera honda sensibilidad popular. Cada año lo visitan unas 700.000 personas; particularmente alumnos de escuelas llegados desde todos los puntos del país.
Interesa señalar también que no es propiedad de la Municipalidad de Rosario, sino del Estado Nacional, quien, por Decreto Nº 364/ 1963, confió su administración y conservación al Poder Ejecutivo local (la Intendencia); no a la municipalidad en su conjunto, de manera que el otro órgano político, el Concejo Municipal, carece de potestad sobre el mismo. Esto puede parecer una sutileza jurídica pero más adelante veremos que tendrá mucha importancia.
El Monumento cuenta con su Mástil Mayor, ubicado sobre la avenida Belgrano, en donde por lógica se iza solamente la Bandera Nacional, destino que se fijó desde el comienzo de la construcción y que el uso consagró. El Decreto Nº 1631/ 2011 que regula los izamientos en el lugar lo fijó expresamente en su Artículo 1º, inciso 1.
En el interior del Monumento, más precisamente dando marco al Atrio y enfrentando al Patio Cívico, existen dos mástiles menores. En el derecho se iza siempre la Bandera nacional (Artículo 2º, inciso 1; Dec. Nº1631/ 2011) y en el otro, llamado “escolta”, suelen colocarse otras banderas (siempre con autorización de la Intendencia municipal). Usualmente también allí luce una segunda Bandera nacional; pero en ocasiones determinadas se encumbran las enseñas de los estados que mantienen vínculos internacionales con la República Argentina en el día de sus respectivas fiestas patrias (una vez por año para cada país, ya que hay algunos que cuentan con varias solemnidades); las de provincias y la de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires. Por diversos motivos también se izan los lábaros de las Naciones Unidas; la O.E.A.; la de la paz (Roerich) y algunas más.
Como especialísimas excepciones, en este mástil escolta han sido izadas: la bandera del Vaticano (cuando el papa Francisco fue electo como tal) o la de Chile, cuando se rescataron a los 33 mineros que habían quedado sepultados en vida. En esa norma también se detallan otras previsiones; aunque es factible que se pueda sumar alguna otra bandera; pero siempre por disposición del Ejecutivo municipal.
Sobre los contrafuertes que flanquean al “Patio Cívico” se erigen otros 22 mástiles. El primero de la derecha se destina a la bandera de la provincia de Santa Fe; mientras que su par, ubicado sobre la izquierda corresponde a la enseña de la ciudad. Usualmente, los otros veinte lucen sendas banderas argentinas de ornato (sin el Sol); aunque en ocasiones los ocupan los lábaros de naciones americanas (para el “Día de las Américas”) y algún otro vexilo que se autorice.
2) La situación política en Bolivia
Acá la cosa se presenta realmente umbrosa. En principio tenemos a una elección presidencial cuyo procedimiento fue catalogado como fraudulento, nada menos que por la O.E.A., cuya prudencia podemos calificarla como extrema. Para una mejor consideración les aporto el link al pertinente informe oficial, que ha sido manipulado y muy sintetizado por la prensa: http://www.oas.org/documents/spa/press/Informe-Auditoria-Bolivia-2019.pdf (fuente oficial).
Finalmente, meritó una alocución especial del Secretario General de la organización: https://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-100/19 (fuente oficial)
Otros acontecimientos vinculados son: el pronunciamiento de las Fuerzas Armadas quitando su apoyo al presidente en ejercicio, Evo Morales; su salida del país y la formación de un gobierno provisional de legitimidad discutida; tal como es de público dominio.
Para gran parte de la opinión pública mundial esto implicó un verdadero golpe de estado; para otra, el abandono del poder por un presidente cuyas difíciles perspectivas de renovar su mandato derivó en un fraude colosal. Lo cierto es que la situación implicó la reaparición de negros fantasmas del pasado latinoamericano, con todas las consecuencias imaginables. Los acontecimientos están en pleno desarrollo.
3) La Wiphala
Cabe recordar que desde la aprobación de la actual constitución política boliviana (2009) su Artículo 6º, menciona la menciona como uno de sus símbolos nacionales, junto a la tradicional enseña verde, amarilla y roja (oficializada en 1851). Protocolarmente reconoce precedencia en favor de esta última y ambas se emplean en conjunto.
Una observación muy importante: cuando se habla de Wiphala se referencia el diseño oficializado por Bolivia; que es uno de las decenas que se identifican con este vocablo. Los hay de muy variada entidad, con diferencias que parecen sutiles pero que entrañan diversos significados y que sirven a diversas funciones. Incluso hay wiphalas totalmente blancas. En esta entrada utilizamos el vocablo con referencia a la imagen acá reproducida.
La Wiphala es un emblema cultural, no una bandera aunque tenga la estructura de tal y así se la llame. Pareciera una contradicción flagrante, pero así lo puntualizan sus cultores. Posee origen aimara; pero su uso se ha resignificado abarcando en su simbolismo a otras culturas originarias de la región; particularmente a las del Altiplano. Hay testimonios de su uso durante el siglo XVI, pero no prehispánicos. Algunos la consideran un emblema abarcativo de todos los pueblos originarios del continente; infundadamente como se ocupan de advertir numerosos autores, particularmente peruanos; chilenos; argentinos y colombianos.
Un buen análisis nos aporta el vexilólogo Gustavo Tracchia Piedra-Buena (revista “Estandarte” Nº73, marzo 2015). Una información de contexto nos la proporciona la obra de Andrés Burman, de la Universidad de Gotengurbo https://www.academia.edu/6829115/Descolonizaci%C3%B3n_aymara_Ritualidad_y_pol%C3%ADtica_2006-2010_
Como la Wiphala, representa a un estado soberano, no corresponde que fuera de Bolivia se la emplee sin la debida ceremonia ya que ella misma implica una soberanía estatal.
Otros pueblos que habitan el territorio de Bolivia (chiquitano; guarayo; baure; ayoreo; moré; canichana; yuracaré; moxo; t’simane; movima; yuki; tapieté; joaquiniano; weenhayek; guaraníes y otros, rechazan la Wiphala y se auto identifican con una bandera blanca que reproduce una flor del patujú.
Bandera de la Flor del Patujú
(Imagen: Janito Alevic)
Aportando mayor información, doy cuenta de que Bolivia dispone de dos flores nacionales: la cantuta y la del patujú, ambas presentan una coloración roja, verde y amarillo, tal la enseña de Bolivia. Así lo reconoció el Decreto Supremo Nº 22.482 del 27 de abril de 1990.
La última enseña reseñada surgió como tal en el año 2011 y se difundió notablemente desde entonces como símbolo de los pueblos del Oriente boliviano (la región Grigotá); aunque su uso oficial está limitado al departamento de Santa Cruz de la Sierra, desde junio del 2013; salvo alguna reciente novedad.
A consecuencia de los recientes disturbios en Bolivia los partidarios de Morales emplearon masivamente la Wiphala. Algunos de sus opositores las destruyeron sistemáticamente y vejaron, como signo de rechazo a la postura política antagónica.
(Foto: América Latina en Movimiento)
Esto determinó que, el gobierno provisional dispusiera presentar en sus actos, tanto a la tradicional bandera de Bolivia, como a la reivindicada Wiphala (a su derecha, tal como le corresponde por estar oficializada en la Constitución).
(Foto tomada de diario Página 12)
Casi inmediatamente, el gobierno dispuso añadir a sus actos ceremoniales la bandera de la flor del patujú, a su izquierda, como señal de inclusión para con los pueblos del Oriente. Lo que acabo de sintetizar fue llamado por la prensa como “la batalla de los símbolos”.
(Foto tomada de Informador.mx)
4) La posición política en Argentina
El Ejecutivo Nacional, todavía a cargo del presidente Mauricio Macri hasta el 10 de diciembre, reconoció al nuevo gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia. Por su parte, el presidente electo Alberto Fernández, adelantó que a su criterio no existe un gobierno legítimo en el país vecino, por lo que se descontaría que cuando asuma el poder formalizará su decisión y por esto cambiará la posición de Argentina.
La ciudad de Rosario es epicentro de una zona donde existe una gran comunidad boliviana; donde también tiene su sede un cónsul general, que atiende sus necesidades.
El hecho desencadenante
El martes 26 de noviembre, a primera hora de la mañana, luego del cotidiano izamiento de la Bandera Nacional en el Mástil Mayor del Monumento; varios miembros del Concejo Municipal de la ciudad, junto a la cónsul del Estado Plurinacional de Bolivia y representantes de organizaciones sociales se dirigieron hasta el “Patio Cívico” donde, al par que se izaba la Enseña Nacional, en el mástil principal del sector, en el “escolta” se hizo lo propio con la Wiphala.
(Foto: Concejo Rosario)
Según las crónicas de prensa, en el acto participaron los concejales: Norma López; Gigliani, Magnani y Andrés Giménez (peronismo); Tepp y Pellegrini, de Ciudad Futura; pero no estuvieron: Monteverde; Salinas; Sukerman; Toniolli; Lepratti; Gigliani ni Miatello, quienes habían promovido la sanción del decreto que así lo dispuso, como veremos luego. También concurrieron: el ex concejal Alfredo Curi; representantes del Partido Comunista y del Comité de Solidaridad con Cuba. Hubo varios delegados sindicales (Municipales; de Luz y Fuerza; de Trabajadores del Estado y de Amas de Casa). Asistió además, un grupo de la Corriente Clasista y Combativa (CCC) y un representativo de la Agrupación Pueblos Originarios en Lucha y del Consejo de Coordinación de Políticas Públicas de Rosario.
Ya con las enseñas izadas, la concejala López hizo uso de la palabra, seguida de la cónsul de Bolivia. Seguidamente algunos de los presentes improvisaron una danza.
Días mas tarde, Evo Morales, agradeció el gesto de solidaridad que implicó el hecho; aunque esto habría implicado una violación de las normas internacionales del asilo concedido por México que impide las declaraciones políticas del beneficiado (https://www.conclusion.com.ar/la-ciudad/evo-morales-agradecio-por-enarbolar-la-bandera-wiphala-en-el-monumento/11/2019/)
Un importante detalle: algunos de los participantes en el acto también llevaron una gran bandera boliviana (la tradicional).
(Foto: diario La Capital, Rosario)
Aclaración que descalifica un pretendido agravio
Lo relatado dio origen al conflicto que intento desentrañar. Quizás mucho del rechazo surgido en las redes se deba a que para quien no conoce el Monumento a la Bandera, la siguiente fotografía dio lugar a una interpretación equívoca.
(Imagen: Rosario 3)
Desde ya, puntualizo algo que generó muchas críticas en las redes: la Wiphala no reemplazó a la Bandera Nacional Argentina, esta se colocó en el asta principal del sector, a la derecha del Atrio del Monumento; además, lucía en lo alto del Mástil Mayor.
En consecuencia, no hubo agravio alguno al Pabellón argentino, ya que no fue sustituido por la Wiphala.
Veremos más adelante que el enarbolamiento de la segunda bandera boliviana implicó otras cuestiones, betamente atinentes a la política local.
Decisión del Consejo Municipal de Rosario
El Cuerpo tomó partido por el rechazo al gobierno provisional boliviano. Lo hizo mediante su Decreto N° 57.861 cuya parte resolutiva copio, al par que se transcribe íntegramente en el Anexo que acompaña este estudio.
“Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de la bandera “Wiphala”, enseña que representa a los pueblos andinos de América del Sur, en uno de los mástiles escolta del Monumento Nacional a la Bandera, desde el día 25 de noviembre al 2 de diciembre del corriente año, como símbolo de solidaridad con los pueblos indígenas del Estado Plurinacional de Bolivia, víctimas de la represión del ejército durante los graves hechos que precedieron al golpe de estado perpetrado contra el gobierno constitucional de Evo Morales.”
Entre sus fundamentos señala:
“Que el blanco de las fuerzas represivas es mayoritariamente el pueblo
indígena que se ha levantado contra el golpe de estado”, cuya represión ha causado decenas de víctimas. Se continúa conceptuando a lo sucedido como la reaparición de los oscuros años de las décadas de 1970 y 1980. Más adelante expresa: “Que uno de los símbolos que enarbolan las hermanas y hermanos bolivianos en la lucha contra el golpe de estado y en defensa frente a la represión del gobierno de facto, es la denominada bandera Wiphala, una enseña que representa a los pueblos andinos de América del Sur (sic)”
Ya me he explayado sobre lo inadecuado de tal representación continental.
El trámite
El proyecto fue presentado el 21 de noviembre en expediente Nº 253.227-P-2019, por iniciativa de la concejal Norma López, acompañada por sus pares: Superman y Tonillo (kirchnerismo); Tepp, Pellegrini, Monteverde y Salinas (Ciudad Futura, izquierda) y quienes integran los bloques unipersonales: Lepratti (Frente Social, izquierda); Giuliano (Iniciativa Popular) y Míratelo (justicialista).
Se trató ese mismo día en el recinto de sesiones y resultó aprobado; era la última sesión del año del Cuerpo, cuya composición cambiará a partir del 10 de diciembre; lo que explicaría la premura en el trámite. Le correspondió el Nº 57.861 y se giró a la Intendencia local, donde se registró en la Mesa de General de Entradas el día 22.
Como lo informó la prensa, el día martes 26 se concretó el izamiento de la Wiphala en el Monumento, cuando la comunicación oficial aún no había sido puesta a despacho de la titular del Ejecutivo.
Es fundamental señalar que los concejos municipales de la provincia de Santa Fe pueden emitir varios tipos de normas. Habitualmente se pronuncian por medio de ordenanzas; verdaderas leyes locales (ver: la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Rivademar, Ángela c/ Municip. de Rosario”, 21 de marzo de 1989; Fallos: 312:326). Por este motivo para que una ordenanza tenga fuerza normativa se requiere la conjunción entre el Concejo y el Intendente de una ciudad.
El Reglamento Interno del Concejo de Rosario, cuyo texto puede consultarse en http://datos.concejorosario.gov.ar/dataset/reglamento-interno-del-concejo-deliberante/resource/2e3ec39e-1504-4e91-a704-98301dbbd989; nos explica que:
“Artículo 67.- Se presentará en forma de Decreto, todo proyecto que tenga por objeto otorgar autorizaciones, peticiones, exenciones, pagos y realización de obras (…). También se presentará en forma de Decreto todo proyecto que manifieste voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado (…).”
Esto último hace aplicable el procedimiento al acto dispuesto por el Decreto que comentamos.
También dispone el citado Reglamento:
“Artículo 107.- Las sanciones del Concejo, en forma de ordenanzas o decretos, minutas de comunicación o de resolución, serán comunicadas al Intendente, a los efectos de lo dispuesto por el artículo 41, incisos 5° y 6° de la Ley Orgánica Municipal [Nº2756] en lo que se refiere a los dos primeros citados.”
Nota: Esta última norma organiza los gobiernos municipales en la provincia. Su Artículo 41 alude a las “atribuciones del Intendente Municipal”; el inciso 5º se refiere a las ordenanzas por cuanto no resulta aplicable a nuestro estudio y el 6º indica que es facultad del D. E. “Observar total o parcialmente dentro del término fijado por el art. 39, inc. 12 [dentro de los diez días de su comunicación] las ordenanzas, decretos o resoluciones que considere ilegales o inconvenientes al interés público, incluso el presupuesto general de gastos.”(Referencia: https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/4681)
En el caso que nos ocupa la aplicación del Artículo 107 implicaba comunicar el decreto aprobado a la Intendencia, seguidamente ésta contaba con diez días para sancionarlo (hacer aplicable el mandato) u observar (vetar) su contenido, lo que en su caso hubiera obligado a que la norma volviera al Concejo para un nuevo análisis. Solo si el D.E. no se hubiera expedido en ese término el Decreto cobraría en vigor.
En consecuencia, queda manifiesto que el haberse concretado el acto y el izamiento en la forma en que se hizo el Ejecutivo fue privado de su función de revisar o convalidar el decreto, según lo juzgara pertinente.
Evaluación
La concreción del izamiento implicó un HECHO CONSUMADO, por cuanto como el mismo texto del decreto indica que no tenía principio de ejecución en sí mismo ya que dice: “Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de la bandera Wiphala…”
Esto reafirma que quien debía llevar adelante el izamiento era naturalmente el D. E. por cuanto, el Monumento no está bajo la jurisdicción del Concejo sino de la Intendencia.
Izar la Wiphala en el Monumento fue un acto de neto corte político. Con ello se anticipó a la posición que eventualmente sostendrá el futuro presidente, pero contrarió en forma expresa la posición internacional del país, lo que pudo generar acciones diplomáticas por parte del actual gobierno boliviano. Podrá decirse que, con una presidencia en retirada, como la de Mauricio Macri, un gesto como el presente no tenía entidad para suscitar conflicto alguno; pero no deja de ser una decisión a contramano de la política exterior de la Republica; lo que es una cuestión por demás delicada, máxime por haber tenido lugar en un sitio de tanta trascendencia para los argentinos.
Desfasaje temporal
Esto se pone de resalto cuando se consideran las fechas consignadas en el artículo 1º del Decreto. En el mismo se disponía que la Wiphala se izara desde el 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2019; lo que materialmente no daba tiempo a que el Ejecutivo local ordenara lo que considerara pertinente; ya que bien pudo acatar lo resuelto por el Concejo o no hacerlo.
Como los días 23 y 24 eran inhábiles (sábado y domingo) ante el correr del plazo fijado por el decreto, un grupo de concejales con el acompañamiento indicado, procedió de hecho; así lo reflejan las crónicas (ver el acápite “Crónicas de prensa”)
Repercusiones
En cuanto a las ocurridas en las redes, hemos reseñado su tenor y al final de esta entrada aportamos algunos links.
El acto dio como resultado la destitución de la cónsul boliviana en Rosario y también las de la totalidad de sus pares en nuestro país, una decisión que era natural pero que se precipitó ante los hechos de Rosario.
La Cancillería nacional, no se dio por enterada del evento y, por lo que conozco, el gobierno provisional de Bolivia tampoco formulo reclamos. Evidente intención del área diplomática de restar entidad al izamiento explicado.
Conclusiones
- La decisión de generar un acto que expresara solidaridad con las víctimas de la represión en Bolivia fue un gesto visibilizador positivo, de los que caracteriza las manifestaciones públicas de los últimos años.
- El izamiento de la Wiphala en el Monumento a la Bandera, fue un acto político protagonizado por un segmento ideológico que concitó la anuencia del Concejo de Rosario; pero luego implicó un avance sobre la esfera de acción de la Intendencia local
- Indudablemente consiguió la repercusión buscada, señalar la solidaridad con el pueblo boliviano victimizado y de rechazo al gobierno provisional de ese país; pero se concretó apelando a la metodología de los hechos consumados.
- La medida no implicó ningún agravio a la Bandera Nacional Argentina.
- Los acontecimientos demostraron que el Ceremonial y el Protocolo son protagonistas en lo cotidiano de la vida, particularmente en la realidad de las construcciones simbólicas.
- Nuevamente se puso de relieve que la Wiphala posee un multifacético significado lo que la transforma en un punto sobre el que se reflejan conflictos políticos; ideológicos; sociales y culturales; por lo que su empleo debe concretarse con extrema prudencia y, por sobre todo, con conocimiento de causa.
- En lo personal considero que se debieron izar las dos enseñas que están oficialmente vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia: la tradicional tricolor y la Wiphala. Esto hubiera sido un gesto superador; comprensivo del dolor de todo un pueblo; por sobre toda “grieta”. Eventualmente podría haberse agregado la de la flor del patujú. En consecuencia, la foto habría sido la que sigue:
(Foto difundida por el Consulado de Bolivia en Rosario)
Anexo: DECRETO N°57.861 - Concejo Municipal de la ciudad de Rosario
"Visto: La angustiante situación por la que atraviesa la población indígena del país hermano de Bolivia, frente a la violenta represión desatada por el gobierno de facto de Jeanine Áñez, y
Considerando: Que el blanco de las fuerzas represivas es mayoritariamente el pueblo indígena que se ha levantado contra el golpe de estado que depuso al gobierno constitucional de Evo Morales, dejando como saldo una gran cantidad de muertos y heridos. La violenta avanzada del ejército se desató sobre ciudades como El Alto, Sacaba, Senkata, Huayllani, entre otras, costando la vida de más de 30 ciudadanas y ciudadanos, y centenares de heridos, hasta el momento.
Que el Gobierno de facto en Bolivia, en la persona de la autoproclamada presidenta Jeanine Áñez, emitió un decreto eximiendo a las Fuerzas Armadas de responsabilidades penales en la represión, constituyendo no sólo un acto de ilegalidad e inconstitucionalidad aberrante, sino asumiendo desde el poder la responsabilidad del terrorismo de Estado, volviendo así a las oscuras páginas de la historia latinoamericana de los ´70 y ´80, cuando las dictaduras ilegales asesinaban a la población que resistía el avance del autoritarismo.
Que, como hemos dicho en ocasión de repudiar este golpe de estado, el derrocamiento de Evo Morales confirma que el entramado empresarial-militar, junto con el apoyo de las potencias de la región, ha regresado en América Latina como hacía tiempo no sucedía. Esto remite a la centralidad adquirida por la amenaza y el efectivo uso de la fuerza, así como el lugar del control civil y democrático de las fuerzas armadas. Hechos como estos que asolan la república hermana de Bolivia, reabren un ciclo de sublevaciones populares, represión salvaje, caos y violencia política, y lamentablemente interrumpen diez años de crecimiento económico, estabilidad política e inclusión social.
Que uno de los símbolos que enarbolan las hermanas y hermanos bolivianos en la lucha contra el golpe de estado y en defensa frente a la represión del gobierno de facto, es la denominada bandera Wiphala, una enseña que representa a los pueblos andinos de América del Sur. Cada uno de los siete colores que la componen representa un significado. El rojo es el planeta Tierra, la expresión del hombre andino; el naranja es la sociedad y la cultura, la preservación y procreación de la especie humana; el amarillo es la energía y fuerza, expresión de los principios morales; el blanco es el tiempo, la expresión del desarrollo de la ciencia y la tecnología, también del arte y el trabajo intelectual; el verde es la economía y la producción andina, riquezas naturales de la superficie y el subsuelo, la flora y fauna; el azul es el espacio cósmico, el infinito, la expresión de los sistemas estelares y los fenómenos naturales; y el violeta es la política y la ideología andina, la expresión del poder comunitario y armónico de los Andes.
Por lo expuesto, se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de DECRETO:
“Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de la bandera “Wiphala”, enseña que representa a los pueblos andinos de América del Sur, en uno de los mástiles escolta del Monumento Nacional a la Bandera, desde el día 25 de noviembre al 2 de diciembre del corriente año, como símbolo de solidaridad con los pueblos indígenas del Estado Plurinacional de Bolivia, víctimas de la represión del ejército durante los graves hechos que precedieron al golpe de estado perpetrado contra el gobierno constitucional de Evo Morales.
Artículo 2°.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al Digesto Municipal”.
Data: 21 de noviembre de 2019.-
Otras entradas sobre la Wiphala
En este Blog me he referido a ella en:
“Banderas de los pueblos indígenas argentinos (adhesión a la semana que los destaca)”: http://banderasargentinas.blogspot.com/2018/04/emblemas-de-los-pueblos-originarios.html
“Polémicos izamientos de dos banderas en un mástil. Una fake news y el Ceremonial de la Bandera argentina; o la manipulación de los bien intencionados”: http://banderasargentinas.blogspot.com/2019/07/polemicos-izamientos-de-dos-banderas-en.html
Crónicas de prensa vinculadas al tema:
https://redaccionrosario.com/2019/11/26/un-monumento-a-la-whipala
Exhibición de la Wiphala en el Monumento
En el año 2017 el Concejo Municipal de Rosario sancionó la Ordenanza Nº9.775 (https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=129582) que estipuló:
“Artículo 1º.- Inclúyase en la Galería de Honor de Las Banderas de América, a través de la Dirección General del Monumento Nacional a la Bandera, al emblema Wiphala de forma permanente, como símbolo de fraternidad y respeto hacia los Pueblos Originarios de América del Sur y reivindicando su soberanía, pertenencia y su importancia en la historia, en la cultura y en el presente de cada uno de los Países Americanos.”
Mientras que su Artículo 2º dispuso:
“Establézcase que los días 19 de Abril ("Día de los Pueblos Originarios de América") y 12 de Octubre ("Último día de libertad de los Pueblos Originarios de América") se realice izamiento de la Wiphala en el Mástil Mayor del Monumento Nacional a la Bandera.”
En esta segunda disposición es inadecuada ya que de ninguna manera corresponde que la Bandera Nacional Argentina sea sustituida, por la insignia de un estado soberano como el de Bolivia y, nada menos que en el Mástil Mayor del Monumento que le rinde homenaje.
Puesta a consideración de la Intendencia de la ciudad, su titular me requirió parecer como subdirector general del Monumento a la Bandera y titular del Programa Rosario cuna de la Bandera y ciudad de la inclusión. No es momento este par abundar al respecto, basta decir que mi dictamen fue tomado parcialmente y sirvió de fundamento de la observación a dicha norma, la Señora Intendenta concretó a través de la Resolución Nº127/ 2017 del Departamento Ejecutivo (https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=128817)
En consecuencia, la Ordenanza volvió al Consejo, tal como lo preveía la Resolución aludida, la reformó por medio de una norma de similar entidad, bajo el Nº9.780 (https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=129583)
De esta manera se preservó adecuadamente la preeminencia protocolar y la misma dignidad de nuestra Bandera Nacional; al par de que se expresó la decisión reivindicativa que correspondía a juicio del gobierno municipal de Rosario, lo que se manifestó en el izamiento de la Wiphala en el “mástil escolta” del Monumento.
Precisiones terminológicas para extranjeros:
Provincia: unidad política que integra el Estado argentino, que es de forma federal
Intendente: alcalde, titular del Departamento Ejecutivo (D.E.) de una ciudad, es electo directamente por la ciudadanía.
Concejo Municipal: cuerpo político colegiado electo directamente por el pueblo, que actúa como legislatura local.
Bloque: agrupación de uno o más concejales que manifiestas un afinidad política y que actúan en conjunto.
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