Malvinas, a 185 años de su ocupación ilegítima

Malvinas, a 185 años de su ocupación ilegítima 
Su memoria en Rosario

Por Miguel Carrillo Bascary 



La recordación

El 3 de enero de 1833 el Reino Unido se apropió mediante una acción armada de las islas Malvinas iniciando así una lamentable situación de hecho que hasta la propia Naciones Unidas calificó como un acto de colonialismo que invalida que sus habitantes "trasplantados" puedan invocar un pretendido "derecho de autodeterminación".
Ese día la principal potencia del mundo, por aquel entonces aprovechó la debilidad de la Confederación Argentina que desde 1820 había ejercicio sin cuestionamiento internacional alguno la jurisdicción sobre estas islas, a consecuencia de su dominio (propiedad) heredado de España.


La decisión de Naciones Unidad

El caso Malvinas fue sometido a consideración del máximo órgano de las Naciones Unidas en el año 1965, la decisión hace estado (no cabe que sea revertida) y constituye la posición oficial de la ONU, se copia su texto:
  

Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands [1])

La Asamblea General, habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands),
Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (Falkland Islands) y en particular las conclusiones y recomen­daciones aprobadas por el mismo relativas a dicho Terri­torio,
Considerando que su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Falkland Islands),
Tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas Islas,
1.- Invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situa­ción con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposi­ciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Uni­das y de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como los intereses de la población de las Islas Malvinas (Falkland Islands) ;
2.- Pide a ambos Gobiernos que informen al Comité Especial y a la Asamblea General, en el vigésimo primer período de sesiones, sobre el resultado de las negocia­ciones.
1398a. sesión plenaria, 16 de diciembre de 1965.

La Resolución fue aprobada por 94 votos a favor, ninguno en contra y 14 abstenciones


La Constitución nacional

Nada mejor que tener presente la Disposición Transitoria Primera de la Constitución argentina (1853 – 1994) que dice:
"La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas; Georgias del Sur; Sandwich del Sur; y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino"
Esta norma es la guía de la política del Estado argentino, que deben seguir todos los gobiernos del mismo, y que debe servirnos a nosotros, simples particulares hasta que estas tierras y sus espacios marítimos referentes sean definitivamente recuperados por nosotros; por nuestros hijos o por los hijos de nuestros hijos.

El cenotafio de los caídos en Malvinas


El cenotafio de Rosario, foto de “Gabriel Hernán” en Panoramio

Un cenotafio es un tipo de monumento funerario que no contiene los restos de aquellos a los que conmemora. El término proviene del griego, en donde “khenos” significa “vacío” y “taphos”, es “tumba”.
Un cenotafio tiene como función conformar un espacio de reflexión, de reposo, donde los visitantes puedan pensar con la debida tranquilidad en la/las persona/s a la/s que recuerda/n y en los acontecimientos vinculados con su muerte. En consecuencia, un cenotafio no es solo un monumento honorífico dedicado a una o más personas; también es un hito dedicado al hecho histórico con que se vinculan.

En Rosario, el cenotafio a los caídos en la Gesta de Malvinas se levanta en el “Parque Nacional a la Bandera”, que bordea el río Paraná, a la sobre (podemos decir) del Monumento Nacional a la Bandera conformando en conjunto un espacio de exaltación de nuestra identidad nacional de argentinos.

Fue inaugurado el 19 de junio del año 2005, la víspera del “día de la bandera nacional”. Consta de un espacio circular, bajo nivel del suelo, centrado en una fuente/estanque que reproduce la silueta de las Islas Malvinas; enmarcado todo por un semicírculo de placas de mármol negro donde están grabados los nombres de los 649 argentinos que dieron su vida en el conflicto de 1982.

Aspecto que presenta desde la Torre del Monumento a la Bandera

Para conocer más:




Nota: [1] Se utilizan los términos Malvinas/ Falklands respetando el uso indistinto y conjunto que estipula la Organización de las Naciones Unidas.


Material preparado en el marco del Programa Rosario Cuna de la Bandera y ciudad de la Inclusión (Secretaría de Gobierno - Municipalidad de Rosario)

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